Partes, litisconsorcio e intervención voluntaria en el proceso civil
Palabras clave:
Acumulación, Tercerías, DemandaResumen
El concepto de "parte" en un proceso judicial se define como quien demanda y quien es demandado, quienes pretenden y frente a quienes se reclama la satisfacción de una pretensión. El texto destaca que, idealmente, las partes procesales coinciden con los titulares de la relación material del litigio. Sin embargo, en la práctica, alguien sin vínculo material puede ser considerado parte si la demanda cumple con los requisitos formales de admisibilidad. Así, la legitimidad para actuar como parte no siempre es evidente al inicio del proceso y a veces solo se determina al dictarse la sentencia, lo que resalta la complejidad de este concepto en el ámbito judicial.
