La forma en el contrato de sociedad

Autores/as

  • Víctor Hugo Bolaños Velarde Autor/a

Palabras clave:

Validez, Nulidad, Empresa

Resumen

El artículo diferencia entre la forma solemne, necesaria para la existencia de un acto jurídico, y la forma probatoria, que es opcional. Sostiene que el contrato de sociedad no requiere una forma solemne, sino que se perfecciona con el consentimiento. Sin embargo, para que se forme una persona jurídica, se necesita la inscripción registral, una formalidad de orden público, sin la cual la sociedad es considerada irregular.

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Publicado

1991-01-01

Cómo citar

Bolaños Velarde, V. H. (1991). La forma en el contrato de sociedad. Revista De Derecho UNMSM, 49(1 (1991-1992). https://revistafdcp.unmsm.edu.pe/index.php/revderunmsm/article/view/687